Notificaciones electrónicas obligatorias
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Notificaciones electrónicas obligatorias

 

R. D. 1363/2010, de 29 de octubre 

Se establece un sistema basado en el uso de Internet para que la Agencia Tributaria se comunique con los oblligados tributarios. La obligaroriedad de la norma se esquematiza como sigue:

  • a partir del 1 de enero de 2011
  • para todas las sociedades anónimas y limitadass
  • se tendrá que habilitar una dirección electrónica única para recibir  los comunicados
  • tendremos que disponer del certificado de firma electrónica para el acuse de recibo

 

Puede profundizar en el contenido y alcance de este nuevo sistema:

  • leyéndo el contenido, oficial y auténtico, de la disposición 
  • accediendo a la web de la AEAT 

 

  • solicitando que le informemos personalmente

         

 

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